La Oficina Municipal de Defensa al Consumidor envió esta mañana (martes) una notificación a la Cooperativa de Electricidad de Trenque Lauquen a través de la cual se solicita a esa entidad que se adecúe al fallo judicial que determina la nulidad de la Resolución 22/16 del Ministerio de Infraestructura de la Provincia, y retrotraiga los valores de la energía, refacturando el servicio con los valores vigentes previos a esa Resolución.
Además, la oficina municipal conducida por el abogado Nicolás Roura, hace hincapié en la obligación de la Cooperativa de Electricidad de exhibir, en los accesos y dentro de su sede, los alcances de la sentencia mencionada y la información de contacto de la OMDC.
Con esta notificación, la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor del Municipio de Trenque Lauquen está llamando a la entidad Cooperativa a cumplir con la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 de La Plata, que declara la nulidad de los aumentos tarifarios que había emanado el Ministerio de Infraestructura provincial, a través de la Resolución 22/16.
Cumpliendo su función de defensa del interés de los consumidores, y con el fallo mencionado como argumento, la OMDC expresa entre sus considerandos en la nota dirigida a la Cooperativa local que “el fallo mencionado obliga a todas las distribuidoras de energía eléctrica que opere en la Provincia se ordena al poder Ejecutivo y al órgano de control de la Energía Eléctricxa de la Provincia de Buenos Aires a que, en el plazo de 5 días corridos, se instruya a las distribuidoras (…) la refacturación de la tarifa eléctrica, con sujeción a los valores vigentes con anterioridad a la Resolución 22/16, incluyendo la tarifa social dispuesta en la misma”. Y continúa “que al estar las cooperativas alcanzadas por esta medida, deben retrotraer las tarifas a los valores previos a la resolución mencionada, (refacturar) y acatar el fallo judicial, bajo perjuicio de incurrir en la figura de enriquecimiento ilícito contemplado en el art. 1794 del Código Civil y Comercial.