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La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Municipio informa que a partir del 4 de julio todas las aplicaciones de agroquímicos que se realizan en las zonas de amortiguamiento deberán contar con autorización municipal.

El trámite se realiza mediante una planilla denominada  “SOLICITUD DE PULVERIZACIONES EN ZONAS DE AMORTIGUAMIENTO” que puede ser descargada desde la página web del municipio en el siguiente link

https://www.trenquelauquen.gov.ar/wordpress/wp-content/uploads/Solicitud-de-Pulverizacion-en-ZONA-DE-AMORTIGUAMIENTO-2016-ecotrenque.pdf,  o solicitada en las oficinas de la Secretaria de Ambiente, ubicada en el primer piso del Centro Cívico “La Primera”, de lunes a viernes de 7 a 13 hs.

Esta iniciativa se enmarca en el Acuerdo de Cooperación firmado días pasados con el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires el cual propone un “PROTOCOLO PARA APLICACIONES EN ZONA DE AMORTIGUAMIENTO” (link descarga)  en el que se establecen las condiciones para realizar este tipo de actividades.

El seguimiento de las aplicaciones autorizadas será realizado in situ por personal municipal que constatará que se efectúen buenas prácticas agrícolas, se verifiquen las condiciones meteorológicas y se respeten las pautas y normas elementales de seguridad.

El registro permitirá mantener un seguimiento de las diferentes aplicaciones que se realizan en la zona de amortiguamiento establecida en la Ordenanza 3965/13 que regula el uso de agroquímicos en el partido de Trenque Lauquen.

 

ZONIFICACIÓN

La zonificación establecida por la ordenanza de regulación general de agroquímicos determina dos anillos: el primero de ellos se ubica hasta los 300 Mts contiguos al  área urbana y se denomina zona de exclusión, allí se pueden realizar producciones agropecuarias sin utilización de agroquímicos. En tanto que el segundo anillo es hasta los 500 Mts lindantes  a la zona de exclusión, se denomina zona de amortiguamiento  y sólo se podrá aplicar productos agroquímicos con equipos terrestres autopropulsados o de arrastre bajo estrictas pautas ambientales y tecnológicas. También son zonas de amortiguamiento el perímetro de 100 mts linderos a escuelas rurales y por lo tanto las aplicaciones que se realicen allí deberán  contar con autorización previa del municipio

El incumplimiento de este requisito como así también del “PROTOCOLO PARA APLICACIONES EN ZONA DE AMORTIGUAMIENTO” será motivo de multas.

Desde la Secretaría de Ambiente invitan a los productores y aplicadores a realizar buenas prácticas agrícolas, cumplir con la ley, evitar multas y cuidar el ambiente y la salud de los trenquelauquenses.

Más información en  sec.ambiente@trenquelauquen.gov.ar | (02392) 15-533490 |www.trenquelauquen.gov.ar/ecotrenque