Mediante la Resolución 1555/2021, y tras los anuncios del Gobierno Nacional, la Provincia de Buenos Aires dio a conocer anoche (domingo) las medidas a implementarse en todo su territorio en el marco de un sistema de fases en el que incluyó a los 135 municipios de acuerdo al riesgo epidemiológico y sanitario que atraviesan actualmente por la pandemia de Covid-19.
En cada una de las fases se habilitan una serie de actividades que deben realizarse bajo el estricto cumplimiento de los protocolos que oportunamente hubieren aprobado las autoridades provinciales competentes o la autoridad sanitaria nacional y conforme las restricciones previstas.
Trenque Lauquen sigue estando en Fase 3 «Alto Riesgo Epidemiológico», de acuerdo a la Resolución de Provincia que adecuó las mismas al sistema definido por Nación.
Se considera en Fase 3 a «los municipios que presenten, una razón de casos, definida como el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en las últimas dos semanas inmediatas anteriores a la fecha de evaluación que realice el ministerio de Salud y el número de casos confirmados acumulados en las últimas dos semanas previas, sea superior a 1,20 y la incidencia, definida como el número de casos confirmados acumulados cada 100 mil habitantes, en las últimas dos semanas inmediatas anteriores a la fecha de evaluación que realice el ministerio de Salud, sea superior a 150″.
Y agrega que además, estarán en esta fase «aquellos municipios que, en las últimas dos semanas inmediatas anteriores a la fecha de evaluación que realice el Ministerio de Salud, hubieran estabilizado el aumento de casos, disminuyendo la razón de casos de 1,20 o más, a una razón que se encuentre entre 0,8 y 1,20, pero presenten una incidencia superior a 250 y aquellos municipios en los cuales se haya producido un brote o un aumento significativo y repentino de casos positivos de Covid-19, cuando a partir de la identificación de los primeros casos autóctonos, se observare un incremento en la velocidad de transmisión medida en términos de tiempo de duplicación o la ocurrencia de casos autóctonos que verifique que la cadena de transmisión se corresponde con un escenario de transmisión comunitaria poniendo en riesgo el funcionamiento adecuado del sistema de derivaciones de atención sanitaria en las zonas afectadas».
. LAS MEDIDAS
Estas son las medidas que, de continuar en Fase 3, estarán vigentes hasta el viernes 21 de mayo:
– Circulación de personas: Permitida entre las seis (6) y las 24hs., con excepción de:
- a) Las personas afectadas a las actividades y servicios esenciales, establecidos en el artículo 11 del Decreto Nacional N° 125/21 y su modificatorio, en las condiciones allí establecidas, quienes podrán utilizar a esos fines el servicio público de transporte de pasajeros.
- b) Las personas afectadas a las actividades industriales que se encuentren trabajando en horario nocturno, de conformidad con sus respectivos protocolos de funcionamiento.
- c) Las personas que deban retornar a su domicilio habitual desde su lugar de trabajo o concurrir al mismo. Dicha circunstancia deberá ser debidamente acreditada.
Todas las personas exceptuadas deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” que las habilite a tal fin.
Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.
– Actividades comerciales y en general las que impliquen reunión de personas: Permitidas entre las seis (6) y las 20 horas.
– Actividades desarrolladas en comercios gastronómicos -restaurantes, bares, pubs, cafeterías, rotiserías, heladerías, kioscos y almacenes de cercania-: Permitidas entre las seis (6) y las 23 horas con aforo interior hasta 30%.
– Delivery: Permitido de 6 a 24hs.
– Ferias y Mercados de alimentos y artesanías en espacios públicos abiertos: Permitidas.
– Reuniones sociales y familiares en espacios públicos al aire libre: Permitidas hasta diez (10) personas.
– Eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre:
Permitidos hasta diez (10) personas
– Jardines Maternales y Centros de Atención de Desarrollo Infantil (CADI): Permitidos
– Talleres culturales al aire libre o en espacios cerrados con amplia ventilación natural: Permitidos hasta diez (10) personas.
– Artes escénicas y musicales (con y sin asistencia de espectadores): Permitido hasta diez (10) personas.
–Museos: Permitido con aforo hasta 30%.
– Bibliotecas: No están permitidas.
– Gimnasios en espacios cerrados: No está permitido
– Natatorios: Permitidos solo al aire libre.
– Práctica recreativa de deportes individuales o grupales sin contacto al aire libre y de deportes grupales de contacto al aire libre: Permitida hasta diez (10) personas.
– Actividades deportivas individuales al aire libre según Res 2653/2020: Permitidas
– Deportes en lugares cerrados: No están permitidos.
– Competencias de Automovilismo y Motociclismo: Permitidas con autorización nacional o provincial
– Salones de fiesta, establecimientos afines y discotecas: No está permitido.
– Viajes grupales: No están permitidos.
– Expendio de combustibles / Farmacias: Permitidos las 24hs.
– Comercios, oficinas y trabajos en general: Se sugiere adoptar las medidas de seguridad que a continuación se establecen, más allá de las recomendaciones generales:
- a) Atención por turnos (no atención espontánea)
- b) Conformación de grupos de trabajo
- c) Home office en aquellos casos en que sea posible.
Se conserva como teléfono de atención para consultas en general y particulares el correspondiente a Centro de Atención Telefónica del Municipio: 147.